Terrazas en La Carlota

Publicado por ..-^^-..El Monje..-^^-.. | Etiquetas: , , , , | Escrito el jueves, 1 de septiembre de 2011 at jueves, septiembre 01, 2011

..-^^-..El Monje Oscuro..-^^-..

Si miramos el boulevard de un lado a otro, encontramos cientos de sillas.., mesas y sombrillas que adornan la vista a toda la Avenida Carlos III.

Igual pasa con Avda. de La Paz.. o con Paseo Tierno Galván, que encontramos terrazas de los establecimientos para poder sentarnos a tomar algo.

Mucha publicidad, sillas blancas, sillas de aluminio.., sillas de mimbre, mesas rojas, blancas, metálicas y sombrillas con distinta publicidad impresa.

Sobre esto trata la Ordenanza Municipal Reguladora de la Instalación y Uso de Terrazas y Veladores, que se aprobó en el Pleno de Enero 2011. Donde hablando de los metros necesarios para instalar una terraza, la altura de toldos, las ubicaciones idóneas y lo que está o no está permitido.., no he podido evitar fijarme en estos puntos:

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Artículo 3: Limitaciones Generales
.../... 7.- La instalación de publicidad comercial en todos los elementos (verticales y horizontales) que compongan la cubrición de la terraza requerirá autorización del Ayuntamiento de conformidad con las prescripciones establecidas en la Ordenanza Municipal correspondiente. En todo caso se permitirá la referencia al nombre del establecimiento comercial del que se trate y observando unas condiciones en la rotulación y tamaño acordes al entorno y la instalación.

Artículo 30: 2.Infracciones Graves
.../... j) La colocación de publicidad sobre los elementos de mobiliario o sobre los elementos para cubrir con Instalaciones Provisionales la terraza, sin ajustarse a lo dispuesto en esta Ordenanza.

Disposiciones Adicionales:
PRIMERA: NORMAS ESTÉTICAS
.../... 3.- En general y para todo el municipio se prohíbe la publicidad en cualquiera de los elementos que componen la terraza o velador, así como en sus elementos auxiliares.

ANEXO: Criterios estéticos de instalación de terrazas y veladores en zonas de interés cultural y singulares.
.../... 1.- Ninguna persona titular de la licencia para este tipo de instalaciones podrá utilizar mobiliario de plástico, ni que esté decorado con publicidad comercial o de esponsorización.
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Osea.. que si no lo he entendido mal se prohibe publicidad en las terrazas (sombrillas, mesas y sillas) y se prohibe mobiliario de plástico (también mesas y sillas) y en cuanto a las sombrillas.. sin publicidad también.

Bueno; esto tiene dos puntos de vista:
1.- EL PUTEANTE: Porque para los empresarios supondrá una inversión en mobiliario, ya que no podrán utilizar las tan famosas sombrillas de Coca-Cola, Pepsi, Mahou, ni nada por el estilo (lo mismo que pasa con las famosas mesas rojas de Coca-Cola, Aguila.. o las azules de Pepsi (que todos estamos acostumbrados a ver).

2.- EL SOCIALMENTE CORRECTO: Donde habría que agradecer que se colocasen veladores con cierta categoría y sin publicidad que deterioren lo "homogéneo" y así poder cuidar el entorno artístico y cultural que el pueblo pueda ofrecer tanto a vecinos como a visitantes.

Creo que la polémica está servida, porque como es de esperar no a todos gustará esta ordenanza.. ni a todos disgustará.

-El Monje-

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